Existen ciertas circunstancias por las que no aplica la devolución del saldo a favor.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente informó que, a partir del 1 de abril, las personas físicas deberán presentar su declaración anual 2021.
La fecha límite para presentar la declaración anual es el 30 de abril, y uno de los beneficios de presentarla es la obtención de un saldo a favor.
Por ejemplo, no todos los contribuyentes asalariados están obligados a presentar la declaración anual, pero si tienen deducciones personales pueden realizar la declaración para obtener un saldo a favor.
Pero de acuerdo con una nota publicada por Infobae, existen ciertas circunstancias por las que no aplica la devolución del saldo a favor.
La nota indica que dichas circunstancias son las siguientes:
En ese sentido, Infobae explicó que las personas físicas podrán solicitar la devolución de impuestos dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se tenga la obligación de presentar la declaración, o se haya realizado el pago de lo indebido.
Los contribuyentes obligados a presentar la declaración anual son las siguientes personas físicas:
Infobae recordó que uno de los beneficios al realizar la declaración es aplicar una serie de deducciones. Por ejemplo, los pagos de interés por un crédito de vivienda. Se trata de la deducción de impuestos que se puede lograr por los intereses que se desembolsan sobre un financiamiento de casa. Los pagos de ese tipo se considerarán siempre y cuando se hayan realizado durante el 2021.
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