El Validador de RFC no puede proporcionar los datos correctos, sino solamente validar los que se le proporcionan.
El Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León dijo que es recomendable usar el “Validador de RFC” para evitar futuros problemas en la deducción de facturas del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFD) o factura electrónica versión 4.0.
En entrevista con Reforma, Abel Garza Gómez, presidente del Instituto, explico que si los contribuyentes van a continuar timbrando en la versión de CFDI 3.3, la recomendación es evaluar la posibilidad de validar el Registro Federal de Contribuyente, nombre o denominación o razón social y el código postal, utilizando el “Validador de RFC” que ha dispuesto el fisco.
“Solamente en aquellos casos en que existan inconsistencias en la información, es recomendable solicitar la Constancia de Situación Fiscal” comentó al diario.
El validador de datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) sirve para revisar si el nombre y el código postal proporcionado es correcto.
Sin embargo, cabe aclarar que el validador no puede proporcionar los datos correctos, sino solamente validar los que se le proporcionan.
Para el CFDI versión 4.0, el fisco exige como requisito que los nombres y el código postal que se capturen, coincidan exactamente con el nombre plasmado en la Constancia de Situación Fiscal.
Como reportamos, el SAT puso en marcha un servicio para validar en línea desde uno hasta 5,000 registros.
Fiscalia explicó que este servicio no es nuevo, porque la validación de los RFC ya existía desde años anteriores, pero la diferencia consiste en qué se adicionó la posibilidad de validar de manera masiva tanto el nombre como el código postal, adicional al RFC.
Garza Gómez dijo a Reforma que, aquellos contribuyentes que ya timbraron facturas o nómina en la versión CFDI 4.0, podrán libremente, si así lo desean, regresar a timbrar en la versión de CFDI 3.3, incluso hasta el 31 de diciembre del 2022.
Recientemente la autoridad fiscal dio una prórroga a la obligatoriedad de la factura electrónica 4.0, la cual entra en vigor el 1 de enero del 2023.
La prórroga es extensiva al Complemento de Pagos 2.0 y al Complemento de Nómina 1.2, documentos que deben acompañar a las facturas electrónicas de operaciones por ventas diferidas o en parcialidades.
Elcontribuyente.mx