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22 enero, 2026

EL SAT TIENE LA CAPACIDAD DE SOLICITAR TUS ESTADOS DE CUENTA, PERO HAY UNA CONDICIÓN ESENCIAL.

EL SAT TIENE LA CAPACIDAD DE SOLICITAR TUS ESTADOS DE CUENTA, PERO HAY UNA CONDICIÓN ESENCIAL.

Hay un aspecto que genera confusión común durante las auditorías fiscales: ¿Puede el SAT pedir estados de cuenta bancarios de manera directa? La contestación es afirmativa, sin embargo, hay un detalle importante que muchos no conocen. Si la autoridad no justifica adecuadamente su petición, este acto se considera ilegal. Esta situación ha sido reafirmada por tribunales y la Suprema Corte. Es fundamental comprender esta regla para cualquier contribuyente que esté enfrentando una revisión del SAT. La clave que distingue entre una solicitud válida y una que no lo es, radica en un único aspecto: debe citarse correctamente en la orden.

Durante años hubo discusión sobre si los estados de cuenta bancarios formaban parte de la contabilidad que el SAT puede solicitar. La respuesta legal es clara: no. El Código Fiscal de la Federación define la contabilidad de manera específica, con una lista limitada de documentos. Los estados de cuenta bancarios simplemente no están ahí. No es que el SAT no pueda pedirlos. Es que no puede hacerlo invocando la obligación general de mantener contabilidad.

Esto fue un vacío legal que existió durante años. Hasta 2004, cuando se produjo una reforma al artículo 48 del Código Fiscal que cambió las cosas. Con la reforma del artículo 48 en 2004, el legislador reconoció que el SAT necesitaba una herramienta específica para solicitar información bancaria. Así que le otorgó una facultad expresa y limitada para ello.
Si el SAT te envía un requerimiento de estados de cuenta, revisa cuidadosamente la orden. Busca específicamente que cite el artículo 48, último párrafo del Código Fiscal. Si no lo hace, tienes un problema serio en las manos, pero a tu favor.

Si la orden es vaga, genérica o cita otros artículos, pero no el específico, considera impugnarla. Un contador o asesor fiscal puede ayudarte a determinar si la fundamentación es correcta. Si el SAT insiste sin fundamentación adecuada, eso es material para un amparo. Los tribunales han anulado revisiones completas por este tipo de defectos fundamentales.
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