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9 agosto, 2024

ENTERATE ¿CUÁNDO PUEDE PAGARSE LA GASOLINA Y AUN ASÍ SER DEDUCIBLE?

ENTERATE ¿CUÁNDO PUEDE PAGARSE LA GASOLINA Y AUN ASÍ SER DEDUCIBLE?

La deducción de gasolina supone una importante ventaja fiscal para empresas y profesionales que utilizan vehículos como parte de sus actividades económicas. Pero para que estos gastos sean deducibles deben cumplir ciertos requisitos y condiciones definidos por la ley.

De acuerdo con Fiscalía, uno de los requisitos generales para la deducción de gastos es que los pagos cuyo monto exceda de 2,000 pesos se efectúen mediante alguno de los siguientes medios de pago:

  • Transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente.
  • Cheque nominativo de la cuenta del contribuyente.
  • Tarjeta de crédito, débito o de servicios.
  • Monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En el caso de la compra de combustible para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el pago deberá realizarse en la forma señalada en el párrafo anterior, aun cuando el monto de estas compras no exceda de $2,000. Lo anterior está determinado por el artículo 27, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley ISR), que también establece que la autoridad podrá eximirse de la obligación de pagar gastos por los medios indicados, cuando los mismos se realicen en ciudades o zonas donde No cuentan con servicios financieros.

La Fiscalía señaló que si bien se pueden realizar gastos inferiores a 2000 pesos en efectivo, se excluye de este objeto el caso de compra de combustible, ya que independientemente del monto de la operación, no se debe descontar el pago en efectivo. En otras palabras, los contribuyentes, en general, para deducir la compra de combustible, no necesitan pagar en efectivo.

Sin embargo, la Fiscalía explicó que quienes tienen derecho a deducir la compra de combustible incluso después de pagar en efectivo son los contribuyentes del régimen de incorporación tributaria (RIF) hasta 2.000 pesos y los de agricultura, silvicultura y pesca, que pueden aportar hasta 15 % del consumo total de combustible. Sumado a lo anterior, el SAT puede eximir de esta obligación a los contribuyentes cuando la operación se realice en poblaciones desatendidas.

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