Se encuentra en Blog
12 enero, 2022

Si un CFDI se cancela fuera de tiempo, la multa será de 5 a 10% del monto de cada factura.

Sanciones por errores u omisiones en emisión de facturas

 

Si un CFDI se cancela a destiempo, la multa comprenderá del 5 a 10% del total de cada factura.

 

Con los cambios fiscales que se presentaron para este año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá multar a un contribuyente si un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) se cancela a destiempo. La multa puede ser de 5 a 10% del total de cada factura.

 

Según con el artículo 81 del Código Fiscal de la Federación (CFF) se podrá multar el no cancelar CFDI de ingresos cuando estos comprobantes se hayan producido por error, sin una causa para ello o cancelarlos a destiempo.

 

Por ejemplo, si una persona comete un error y genera una factura por 100,000 pesos, en lugar de 10,000 pesos, el monto será aplicable sobre el error y no sobre la corrección.

 

Puede ser excesivo porque puedes tener errores reales. Desafortunadamente con esta acción quedan abiertas las posibilidades de multas por parte del SAT ante un simple error. -“Es otra forma de presionar a los contribuyentes”, comentó Juvenal Lobato Díaz, catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

 

Para Lobato, en este escenario en particular, el fisco tuvo que implementar un monto fijo porque la multa es sobre una equivocación que se cometió por una falta administrativa en un momento determinado, por lo que esta multa cae en lo inconstitucional.

 

-“No tiene nada que ver el valor del comprobante, por ello, se impugna la multa como inconstitucional por que se viola el artículo 22 de la Constitución”, argumentó en entrevista.

 

Multas de 400 a 600 pesos.

 

Del mismo modo, un nuevo cambio fiscal para el 2022, es que el SAT podrá sancionar a las personas que generen facturas sin los complementos correspondientes. El monto de la sanción es de 400 a 600 pesos por cada factura, de acuerdo con el Artículo 84 de la CFF.

 

Ante ello, Lobato comentó que la sanción más importante de esta nueva medida no es el pago de la multa, sino que el contribuyente no pueda deducir o acreditar el pago.

 

-“Lo que hicieron ahora no es establecer una infracción, sino además te multarán por no expedir el complemento del CFDI”, comentó el catedrático en materia fiscal.

 

Existen 27 complementos del CFDI, entre los que destacan Carta Porte, el de hidrocarburos o el Timbre Fiscal Digital. Hay cuatro complementos con información adicional al momento de enajenar un bien o un servicio, como el acreditamiento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios o la venta de vehículos.

 

Jesús Rodríguez Ambriz, presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, comenta que con estas sanciones el SAT busca métodos más eficientes para combatir la facturación falsa.

 

Del mismo modo, el fisco quiere tener información exacta para saber quién es el que declara mal, si el contribuyente o el emisor de la factura, comentó Rodríguez.

 

Actualizan montos de multas

 

El artículo 32-H del CFF, actualizó sus montos en cuanto a multas para los contribuyentes con partes relacionadas como son las grandes empresas (residentes en el extranjero o empresas productivas del Estado). Las multas van de 13,490 a 134,840 pesos.

Noticias Relacionadas

DIFERENCIA ENTRE FACTURA GLOBAL Y FACTURA NOMINATIVA CON RFC GENÉRICO EN EL CFDI 4.0

¿RECIBIR HERENCIA TE HACE PAGAR IMPUESTOS?

¿QUÉ SON LAS DEDUCCIONES DE IMPUESTOS?

SAT REPORTA ADEUDO TOTAL, AUN POR UN SOLO MES DE RETRASO.