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10 enero, 2024

SOLUCIONES AL PROBLEMA DE LAS NUEVAS CUOTAS DE CESANTÍA Y VEJEZ EN 2024.

SOLUCIONES AL PROBLEMA DE LAS NUEVAS CUOTAS DE CESANTÍA Y VEJEZ EN 2024.

El aumento fue confirmado en el Acuerdo por el que se modifican artículos, adiciones y eliminaciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de Atención al Retiro publicado en el Diario Oficial de la Federación. (DOF) 16 de diciembre de 2020.

Pero la creciente proporción de empleadores en los sectores de desempleo y envejecimiento ya es problemática, según un análisis publicado por la fiscalía. Esto se debe a que el cálculo de las contribuciones de los empleadores varía significativamente debido a la incertidumbre en su implementación. El análisis de los cambios para aumentar el número de empleadores en los servicios no laborales y para personas mayores confirma que su implementación no será posible en 2023 y que este problema continuará hasta 2024. La fiscalía dijo que el principal problema estaba en el calendario de pagos. . , por el cual se define el monto a pagar. Estos rangos están estructurados con Salario Mínimo (SM) en los primeros dos rangos, y con Unidad de Medida y Actualización (UMA) en los rangos restantes.

Dado que SM es mayor que UMA, las primeras cuatro categorías no son relevantes porque no existe una forma matemática de asignar el SBC de un empleado en la primera categoría. Observe como en la segunda versión que se traduce como “1.01 SM a 1.50 UMA” en pesos, el límite inferior es mayor que el límite superior. Actualmente SM está por delante de UMA. Por lo tanto, es difícil o imposible determinar el número de empleadores de la SBC en estas áreas.

La revisión del Fiscal General señaló que el método para determinar la carga de trabajo del empleador no era apropiado. En este caso, la explicación conocida es utilizar el número correspondiente al número de SBC. Otra explicación es que incluso si el SBC no excede el límite inferior mencionado anteriormente, algunas acciones estarán cerca del cumplimiento. Ambas posiciones son igualmente válidas porque no existe ningún derecho legal.

Además, Fiscalia considera que los primeros dos rangos no se utilizarán porque no existen supuestos que cumplan con la condición matemática para ello.

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