En tiempos de pandemia, se detonó el comercio electrónico, se trató de una excelente solución para seguir vendiendo y comprando, es decir, seguir generando un ingreso lo que también ayudó al país a seguir cobrando impuestos. Desde Tiendanube se precisó que en el mundo del e-commerce los impuestos más comunes son el ISR (Impuesto Sobre la Renta) y el IVA (Impuesto al Valor Agregado). Ahora bien, para poder pagar impuestos ante el SAT, lo primero que debes hacer es darte de alta ante el Servicio como persona física. Para pagar impuestos como persona física dentro del comercio electrónico existen dos opciones: la primera es bajo el régimen de actividad empresarial y el régimen simplificado de confianza.
Entremos en detalle, respecto al régimen simplificado de confianza, este se aplica a los emprendedores que se encuentran ante una modalidad con tasas reducidas, adaptadas a los ingresos de cada persona. Y es que, de acuerdo con el SAT, este régimen tiene como finalidad apoyar a las pequeñas y medianas empresas con ingresos anuales brutos no mayores a 35 millones de pesos. De igual forma, en el caso del ISR, están obligados a pagar entre uno por ciento y 2.5 por ciento de sus ingresos.
A propósito del tipo de impuestos que se cobran a los emprendedores, el ISR es un impuesto directo sobre las ganancias obtenidas durante el periodo del ejercicio fiscal, generalmente por prestación de servicios y ventas. Mientras que, el IVA, es un impuesto colocado sobre los clientes finales que adquieren un producto o servicio.
De tal modo que, en caso de que quieras incursionar en el mundo del e-commerce debes contemplar, como en cualquier otro negocio, pagar tus obligaciones a fin de que puedas operar sin ningún contratiempo.
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