Como es costumbre las personas físicas deben de presentar su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta o ISR en abril de cada año al SAT.
Pero no todas las personas físicas están obligadas a presentarlas, por ejemplo, en el caso de los contribuyentes del régimen de sueldos y salarios, deben presentarla si se ubican en ciertos puestos.
Si están en alguno de estos puestos, está exento a presentar su declaración anual:
Si obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los 400 mil pesos), siempre que te haya emitido los CFDI de nómina por la totalidad de tus ingresos y no te resulte impuesto a cargo en la declaración anual.
Obtuviste ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos, de instituciones que componen el Sistema Financiero.