E.FIRMA: DERECHOS, REQUISITOS Y QUÉ PASA SI TE LA NIEGAN.
Para obtener la e.firma (firma electrónica), el SAT valida información clave sobre la identidad, domicilio y, en algunos casos, la “situación fiscal” del solicitante, como lo establece el Artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación (CFF). Este artículo también faculta a la autoridad para definir los documentos y procesos necesarios para esta validación.
Según Fiscalia, la validación de la “situación fiscal” debe limitarse a lo establecido en el Artículo 27 del CFF, es decir, a la información básica requerida para la inscripción al RFC: identidad, domicilio y actividades económicas u obligaciones fiscales.
Sin embargo, esta validación no debe extenderse a otros procedimientos como los previstos en los artículos 17-H, 17-H Bis, 69-B y 69-B Bis del mismo Código, que tratan temas más específicos y sustantivos.
Cuando el certificado de la e.firma pierde vigencia, el SAT no puede negarse a renovarlo. Hacerlo violaría los derechos de los contribuyentes que ya cumplieron con los requisitos para obtenerla inicialmente.
Negar la renovación podría:
Según Fiscalia, estas prácticas irían en contra de los derechos humanos de legalidad y certeza jurídica establecidos en la Constitución, así como del principio de tipicidad.
¿Tienes alguna duda? No lo dudes y ponte en contacto con nosotros:
📞Monterrey 81-12-89-56-89
📞Torreón 87-11-04-18-20
📞llama gratuitamente al 800-001-0001
O 📧 Directamente a nuestro correo: 33@rcadespacho.com