Especialistas creen que el requisito del domicilio fiscal en los recibos de nómina se debe eliminar
No es necesario incluir el domicilio fiscal de los trabajadores asalariados en los recibos de nómina ya que las retenciones sobre sus remuneraciones se les hacen de manera directa, informan expertos.
Virginia Ríos, integrante del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), dijo en entrevista con Reforma que debido a que son ingresos salariales, es muy poco probable que los trabajadores evadan al fisco, ya que la retención la hace el patrón.
Con la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica que entrará en vigor en 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) exige que los datos del emisor y del receptor, como su régimen fiscal y su código postal, coincidan con los del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
“Los asalariados realmente son contribuyentes súper cautivos; el patrón es el que se ostenta como responsable de ellos, de retenerles el impuesto y pagarlos al SAT. Entonces no tienen ningún caso que se haga eso”, sostuvo Ríos.
En Código Fiscal de la Federación (CFF), en su artículo 10, establece que las personas morales y físicas deben de proporcionar a la autoridad hacendaria un domicilio fiscal.
En el caso de las personas morales, establece que deberán registrarlo cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios.
Asimismo, el domicilio fiscal no es obligatorio para las personas físicas que no realizan actividades empresariales ni profesionales en el lugar donde realizan sus actividades.
De acuerdo con Ríos, el domicilio fiscal que debe estar plasmado es el del patrón que el SAT tiene ubicado, por lo que considera innecesario que sea un requisito para expedir las facturas.
Por su parte, Guillermo Mendieta, contador público y socio de Mendieta & Asociados, señaló que actualmente se emiten estos recibos sin incluir el domicilio, por lo que es factible considerar no pedirlo para la versión 4.0.
Las empresas están exigiendo a los trabajadores su Constancia de Situación Fiscal. Esto lo hacen para tener certeza de que los datos plasmados en los CFDI de nómina son los correctos, y así puedan aplicar las deducciones correspondientes.
Juvenal Lobato Díaz, catedrático en derecho fiscal en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), dijo a El Economista que como consecuencia de la actualización del código postal del domicilio fiscal podría existir una mayor fiscalización indirecta para los asalariados.
“Todo el problema surge con la obligación de incluir en el CFDI de nómina el código postal del trabajador, ahí empezó todo porque cómo se acredita la dirección del trabajador, con la Constancia de Situación Fiscal (…) por eso la vorágine para tramitar el documento”, expresó.
Recientemente, el presidente Andrés Manuel López Obrador, dijo en conferencia de prensa que si el requisito de la Constancia de Situación Fiscal causa complicaciones a los contribuyentes, debe eliminarse.
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