PERSONAS FÍSICAS QUE ESTÁN OBLIGADAS A PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL.
Abril de 2025 es un mes clave para millones de contribuyentes: es el momento de cumplir con la declaración anual del ejercicio fiscal 2024. No todos están obligados, pero incluso quienes no lo estén pueden beneficiarse si deciden presentarla.
Conocer tu situación fiscal y los criterios específicos es esencial para evitar errores y, en muchos casos, recuperar saldos a favor. Aquí te explicamos, de forma clara y detallada, quiénes deben presentar la declaración y por qué podrías considerar hacerlo, aunque no estés obligado.
- Cuando obtengan ingresos acumulables distintos a salarios.
- Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año o cuando se hubieran prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
- Cuando sus ingresos en el año por este concepto excedan de $400,000.
- Cuando opten por presentar su declaración anual, habiendo comunicado por escrito al patrón el ejercicio de esta opción.
- En los casos en que reciban estos ingresos de personas no obligadas a efectuar las retenciones.
- Quienes hayan dejado de prestar servicios personales subordinados antes del 31 de diciembre, podrán no presentar la declaración anual si sus ingresos fueron solo por este concepto y no exceden de $400,000.
Según la Regla Miscelánea 3.17.11., no están obligadas a declarar las personas físicas que:
- Obtuvieron ingresos sólo por salarios de un solo empleador.
- Tuvieron ingresos por intereses nominales menores a $20,000 del sistema financiero.
- El empleador emitió correctamente el CFDI de nómina por el total de ingresos.
- Se percibieron ingresos por jubilación, pensión o liquidaciones.
- Se deben reportar préstamos, donativos o premios conforme al artículo 90 de la Ley del ISR.
La correcta presentación de tu declaración anual puede evitarte problemas fiscales y ayudarte a recuperar dinero. Si tienes dudas, lo mejor es consultar con un contador o experto tributario.
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