En México, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho laboral consagrado en la Constitución Mexicana y regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, existen ciertos trabajadores que no tienen derecho a participar en el reparto de utilidades.
Entre los trabajadores que no tienen derecho a participar en el reparto de utilidades, se encuentran los siguientes:
Motivo: La ley excluye a estos altos funcionarios debido a que su nivel jerárquico y responsabilidad en la toma de decisiones los coloca en una posición diferente respecto al resto de los trabajadores.
Motivo: Al ser propietarios o copropietarios de la empresa, sus beneficios económicos ya están contemplados a través de los dividendos y otras formas de retribución por su inversión.
Motivo: La ley establece que solo los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el ejercicio fiscal tienen derecho a participar en el reparto de utilidades, como una forma de reconocer una contribución mínima a la empresa.
Motivo: Las personas empleadas en el servicio doméstico no están incluidas en el esquema de reparto de utilidades, dado que su relación laboral es diferente a la de los trabajadores en empresas.
Motivo: Aquellos que trabajan bajo contratos de honorarios o servicios independientes no tienen derecho a participar en el reparto de utilidades, ya que no se consideran empleados de la empresa en el sentido tradicional.
Motivo: La Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) establecen ciertas exenciones para nuevas empresas, empresas de nueva creación en producción de productos nuevos, instituciones de asistencia, entre otros.
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